¿Quieres reducir o extinguir la pensión compensatoria? Este es el procedimiento que debes iniciar (Continuación del blog anterior)

Publicado el 17 de marzo de 2026, 14:54

Cuando tras un divorcio se fija una pensión compensatoria, muchas personas creen que esta obligación será permanente y que no puede modificarse. Sin embargo, como ya hemos visto en el blog anterior, la realidad jurídica es diferente. La ley permite modificar o incluso extinguir la pensión compensatoria cuando se produce una alteración sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando se fijó.Para solicitarlo judicialmente, el procedimiento adecuado es el procedimiento de modificación de medidas.


¿Qué es la modificación de medidas?


La modificación de medidas es el procedimiento judicial que permite cambiar las medidas establecidas en una sentencia de divorcio o separación. Entre las medidas que pueden modificarse se encuentran:

• la pensión compensatoria
• la pensión de alimentos
• el uso de la vivienda familiar
• el régimen de custodia o visitas

En el caso de la pensión compensatoria, este procedimiento permite solicitar:

• la reducción de la cuantía, o
• la extinción de la pensión.


¿Cuándo puede solicitarse?


Para que prospere una modificación de medidas debe acreditarse que existe una alteración sustancial, relevante y posterior a la sentencia de divorcio. Algunos ejemplos habituales son:

• la liquidación de la sociedad de gananciales
• la mejora económica del beneficiario
• la pérdida de ingresos del obligado al pago
• la obtención de patrimonio o rentas
• el acceso a una pensión de jubilación

Cada caso debe analizarse de forma individual, ya que los tribunales valoran la situación económica global de ambas partes.


¿Cómo se inicia el procedimiento?


El procedimiento se inicia mediante la presentación de una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Familia que dictó la sentencia de divorcio. En dicha demanda será necesario:

• justificar la alteración de circunstancias
• aportar documentación económica
• acreditar cómo ese cambio afecta al desequilibrio económico existente entre las partes

Tras la tramitación del procedimiento, el juzgado podrá:
• mantener la pensión compensatoria
• reducir su cuantía
• o declarar su extinción.


Consulta tu caso antes de iniciar el procedimiento


Cada procedimiento de modificación de medidas requiere un análisis jurídico previo, ya que el éxito de la demanda dependerá de acreditar correctamente el cambio de circunstancias. Si estás pagando una pensión compensatoria o tienes dudas sobre si puede reducirse o extinguirse, es recomendable estudiar tu situación concreta con un abogado especializado en derecho de familia. Puedes contactar conmigo a través de la web o concertar una consulta para analizar tu caso y valorar si es posible iniciar una modificación de medidas.