Viajar con menores al extranjero: autorización obligatoria, requisitos legales y qué hacer si el otro progenitor no firma

Publicado el 6 de marzo de 2026, 18:59

Con la llegada de vacaciones, viajes escolares o desplazamientos familiares, una de las consultas más frecuentes en Derecho de Familia es clara:

¿Puede un menor salir de España sin autorización? ¿Es necesario el permiso del otro progenitor? ¿Basta con tener la custodia? ¿Puede viajar solo?

La normativa española es estricta en esta materia y los errores pueden impedir el viaje o incluso generar consecuencias penales. En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, todo lo que debes saber antes de viajar con un menor fuera de España.

 

1. ¿Es obligatoria la autorización para viajar con menores?

Sí, en la mayoría de los casos.

La autorización está regulada por la Instrucción 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, que desarrolla el control de salida de menores conforme al Reglamento (CE) 562/2006 (Código de Fronteras Schengen).

El objetivo es proteger al menor y prevenir la sustracción internacional. Será obligatoria cuando:

    • El menor viaje solo.

    • Viaje con un solo progenitor.

    • Viaje con un tercero (abuelos, familiares, monitores, colegios, equipos deportivos, etc.).

Sin este documento, las autoridades pueden impedir la salida del territorio nacional.

 

2. Patria potestad vs. custodia: el error más común

Uno de los mayores focos de conflicto es confundir custodia con patria potestad.

Patria potestad:

Regulada en el Código Civil (arts. 154 a 171), comprende las decisiones esenciales sobre el menor: educación, salud, residencia y viajes internacionales. Salvo que exista resolución judicial en contrario, es compartida por ambos progenitores, incluso tras el divorcio.

Custodia:

Determina con quién convive el menor habitualmente. Tener custodia exclusiva NO significa poder decidir unilateralmente un viaje al extranjero. Mientras la patria potestad sea compartida, se necesita el consentimiento del otro progenitor.

 

3. ¿Qué ocurre en caso de divorcio o separación?

En familias separadas o divorciadas:

    • Aunque uno tenga la custodia exclusiva, sigue siendo necesaria la autorización del otro.

    • Si existe desacuerdo, debe solicitarse autorización judicial.

    • El juez resolverá atendiendo al interés superior del menor.

En periodos vacacionales los juzgados suelen estar saturados, por lo que es fundamental actuar con antelación. Además, desde el Real Decreto 411/2014, también es necesaria la firma de ambos progenitores para expedir el pasaporte del menor.

 

4. ¿Dónde se tramita la autorización?

Puede realizarse:

    • En dependencias de la Policía Nacional.

    • En puestos de la Guardia Civil.

    • Ante Notario.

Vía policial

Es gratuita. Se expide para un viaje concreto y suele tener validez limitada. En la práctica, se requiere:

    • DNI o pasaporte del menor.

    • DNI del progenitor solicitante.

    • Libro de familia o certificado de nacimiento.

Aunque legalmente un certificado de nacimiento oficial debería ser suficiente, algunas oficinas siguen exigiendo el libro de familia, lo que genera controversias administrativas.

Vía notarial

Es más ágil, especialmente cuando no hay citas disponibles en comisarías. La escritura notarial permite:

    • Mayor precisión en la identificación del viaje.

    • Posibilidad de autorización más amplia en casos de desplazamientos regulares (deportistas, competiciones, etc.).

    • Revocación formal posterior.

    • Verificación telemática por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

 

5. ¿Puede un menor viajar solo?

Sí, pero bajo condiciones estrictas:

    • Autorización oficial firmada por ambos progenitores.

    • Cumplimiento de las condiciones de la aerolínea (servicio de menor no acompañado).

    • Verificación de requisitos del país de destino.

Sin autorización, el menor no embarcará.

 

6. ¿Qué pasa si el otro progenitor se niega a firmar?

Si la negativa es injustificada, debe iniciarse un procedimiento de jurisdicción voluntaria ante el juzgado que conoció la separación o divorcio.

Se deberán aportar:

    • Motivos del viaje.

    • Billetes de ida y vuelta.

    • Alojamiento.

    • Prueba de la negativa.

El juez valorará si el viaje es beneficioso para el menor. Viajar sin autorización puede llegar a constituir delito de sustracción de menores, con consecuencias penales graves.

 

7. ¿Y si existe prohibición judicial de salida?

Si hay una resolución judicial que prohíbe la salida del territorio nacional, ninguna autorización administrativa puede suplirla, ni siquiera firmada por ambos progenitores. En ese caso, solo el juzgado puede modificar la medida.

 

8. ¿Es necesaria la autorización para viajar dentro de España?

No. La autorización solo es obligatoria para salir del territorio nacional. No obstante, es recomendable llevar documentación acreditativa del vínculo si los apellidos no coinciden.

 

9. Recomendaciones prácticas

    • Solicita la autorización con al menos 2-3 semanas de antelación.

    • Verifica la vigencia del DNI y pasaporte.

    • Conserva copia de la sentencia de divorcio si aplica.

    • Comprueba los requisitos del país de destino.

    • Si prevés conflicto, consulta antes de comprar los billetes.

 

Conclusión: un trámite sencillo que evita problemas graves

Viajar con menores al extranjero no es solo comprar billetes y preparar maletas. Es una decisión vinculada al ejercicio de la patria potestad y su incumplimiento puede impedir el viaje o generar responsabilidades legales.

En familias separadas o con antecedentes de conflicto, la planificación es esencial.

Si tienes dudas sobre tu situación concreta —custodia, desacuerdo del otro progenitor, riesgo de negativa o necesidad de autorización judicial— es recomendable analizar el caso antes de iniciar el viaje.

Una correcta estrategia jurídica puede evitarte un conflicto innecesario en el aeropuerto… o en el juzgado.